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lunes, 21 de abril de 2008

"Cuando los pícaros se alebrestan"

"La vulgaridad consiste en pretender ser lo que no somos" Escolios a un texto implícito - Nícolas Gómez Dávila

Inevitablemente tenía que tocar un tema de la profesión en este blog. Aunque a muchos no les va a gustar, voy a tratar un asunto que es polémico entre los estudiantes y egresados de Derecho: los exámenes preparatorios y su obligatoriedad. He tenido varias discusiones con compañeros de Universidad y colegas, generalmente causando disenso. Hace poco se graduaron cerca de 40 Abogados en una sola ceremonia de grado. Eso fue un evento nunca antes visto en la Facultad de Derecho de mi Universidad. Generalmente en una promoción se graduaban unas 6 personas promedio. Esta vez fue diferente porque se graduaron personas que llevaban hasta 7 años de haber terminado materias sin graduarse. Un error de redacción en un acuerdo académico de la Universidad les abrió la puerta a “saltarse” el requisito de los preparatorios, de una forma deshonrosa y facilista. No es para menos: desde hace varios años en la mayoría de facultades del país, los estudiantes de Derecho tuvieron que presentar preparatorios. La inmensa mayoría de las últimas generaciones de Abogados lo hicieron. ¿Porque con nosotros iba a ser diferente? ¿Que nos hace tan especiales para esforzarnos menos que los demas y pasar por alto los exámenes de idoneidad de una profesión? Aun no comprendo cual es el miedo de la gente a estos exámenes.

Mi posición acerca de este tema es tradicionalista o conservadora: Los preparatorios deben seguir siendo requisitos obligatorios por Ley para optar al titulo de Abogado y no cualquiera debería obtener el título. El tema ahora es discutir cuales son los limites de la ley y de la autonomía universitaria. Bueno, la respuesta es que no tienen porque reñir estos dos conceptos. El Decreto 1221 de 1990 en su artículo 21, establece los requisitos para obtener el título profesional de abogado, entre ellos los exámenes preparatorios. Tenemos por otro lado el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia que consagra la autonomía universitaria y la posibilidad de que las Universidades se rijan por sus propios estatutos. La jurisprudencia (concretamente la de la Corte Constitucional) ha promulgado la autonomía universitaria pero también ha salido en defensa de los títulos de idoneidad exigidos por Ley para determinadas profesiones. Entre ellas Derecho.

Entre los fundamentos invocados por los peticionarios de mi universidad, se encuentra la supuesta vulneración de derechos fundamentales por parte de la Universidad tales como la educación, el trabajo, la igualdad, la libertad de escoger profesión u oficio y el debido proceso, por el hecho de exigir la presentación de 6 exámenes preparatorios a saber: Derecho Penal, Derecho Público, Derecho Laboral, Derecho Civil I, Derecho Civil II y Derecho Comercial.

Ha reiterado la Corte Constitucional en varias providencias (especialmente la sentencia SU-783 de 2003 – Magistrado Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra) que las instituciones de educación superior pueden establecer los requisitos que estimen convenientes para ofrecer los niveles de calidad exigidos en la Carta Política. Así mismo, responsabiliza de la garantía de la calidad de la educación al Estado, las entidades de educación superior y los profesores. La Corte exige que las universidades deben adoptar las medidas necesarias que les permitan garantizar la idoneidad profesional de sus egresados; y estos últimos deberán acatar las disposiciones que para tales fines impone la Constitución, la ley y los estatutos internos de las universidades.

No es sólo un deber de las universidades graduar estudiantes, sino proveer a la sociedad profesionales de óptimas calidades en virtud del riesgo social que implica el ejercicio de profesiones como la abogacía. Decimos “riesgo social” porque el Abogado en su ejercicio generalmente esta representando intereses ajenos, bien sea del Estado o de los ciudadanos, por lo que su falta de preparación puede lesionar derechos y ocasionar daños.

Así las cosas queda claro que la autonomía universitaria no necesariamente riñe con la Ley puesto que el sentir tanto del legislador como de la jurisprudencia es que en el caso de las profesiones cuyo ejercicio pueda demandar un riesgo social sea necesario un alto grado de exigencia académico. Esa exigencia puede lograrse a través de los exámenes preparatorios, pues permiten que el estudiante repase conceptos fundamentales de la carrera, preparándolo mejor para la práctica profesional.

El ejercicio de la profesión liberal de abogado involucra la posibilidad de un daño a la comunidad, que puede evitarse o acrecentarse a través de la formación académica. En mi opinión, son pocas excusas valederas o justificables que puede tener una persona que no se ha graduado en 3 o mas años de haber terminado materias de Derecho. La verdad sea dicha, (simple y llanamente) es que no hay excusa.

Varias personas se molestaron con mis comentarios. Me dicen que mis afirmaciones se deben a que como me gradué puedo hablar con libertad y que no quiero que mas personas lo hagan. No es cierto. No hay nada mas alejado de la realidad. Me alegra en verdad que una persona estudiosa y que ha aprobado todas las pruebas que por Ley y tradición se han impuesto en la carrera de Derecho se gradúe. Ese es el caso de varios amigos y conocidos que recibieron el titulo en esa promoción que se se esmeraron por ser Abogados. Lo que si no comparto es que acuda a la salida fácil de obviarse los preparatorios. Como la mayoría de los Abogados, terminé materias, presenté los exámenes preparatorios e hice judicatura.

Hace un mes participé en un comité que preparaba un informe para el consejo Académico de mi Universidad sobre la obligatoriedad de los exámenes preparatorios. Mi posición fue tajante y los defendí calificándolos de vitales en la formación del estudiante. También se plantearon posiciones contrarias. La conclusión de esa reunión fue que los exámenes deben modificarse.

En eso estoy de acuerdo. No discuto. Lo que si me parece terrible es que salgan al ejercicio profesional personas de una moralidad y honestidad cuestionable. No voy a mencionar nombres, pero en mi práctica de Consultorio Jurídico me enteré de casos en los que algunos estudiantes cometían toda clase de faltas, mientras los supervisores hacían como si nada hubiera pasado. Eran conductas cuestionables, de grave responsabilidad disciplinaria. Algunas de esas personas, desgraciadamente, se graduaron en el grupo de los 40 estudiantes e incitaron la pelea con la universidad. Sin embargo, no podemos generalizar. Debe decirse que algunos se graduaron con todo lo de Ley y se esforzaron y lucharon por conseguir su titulo. A ellos los felicito. A los demás solo espero que no los vaya a disciplinar el Consejo Superior de la Judicatura por pícaros. Mucho cuidado futuros Lionel Hutz: que sus acciones no nos bajen el nivel de calidad por el que se ha caracterizado la Universidad. No nos averguencen frente al gremio, ni ante entidades públicas y privadas. Por el bien de todos.

La abogacía es una profesión que demanda una enorme responsabilidad y compromiso para con la excelencia. Aunque suene algo “trillado” los preparatorios deben convertirse en una obligación ética y moral que haga parte de la formación integral del estudiante.

Nota: Que conste que no he dicho nombres. Así es que al que se de por aludido, como dice el adagio popular “al que le caiga el guante…”